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APLICATIVO SICOSS. NUEVA V.42 R.3. ADAPTACIÓN BENEFICIOS PROGRAMA ATP- POSTERGACIÓN PAGO CONTRIBUCIONES SIPA Y REDUCCIÓN CONTRIBUCIONES SIPA 95%. Resolución General 4711/20 AFIP (B.O.11/05/20)

12 mayo, 2020
by María del Carmen Mazza

El fisco, a través de la RG 4711/20 (B.O.11/05/20), dispone la puesta a disposición de una nueva versión V.42 R.3 del aplicativo SICOSS y su correlato Declaración en línea, para generar el F.931, a partir del mes de abril/20.

En la misma se contemplan estas nuevas cuestiones, recomendamos prestar debida atención:

Se aclaran precesiones para los empleadores que resultaron beneficiados por los siguientes puntos 1) y 2) del Programa de Asistencia ATP:

Beneficio reducción 95% contribuciones SIPA, devengado abril/20:

  1. Serán caracterizados en el Sistema registral con el código “461-Beneficio Dec.332/20 Reducción de contribuciones S.S.”
  • Deberán utilizar el nuevo R.3 V.42 del aplicativo SICOSS/Declaración en línea. El sistema fiscal calculará en forma automática la reducción.
  • Si los empleadores ya hubieren presentado el F.931, podrán rectificar hasta el 31/05/20

Beneficio postergación contribuciones SIPA, devengado mes de abril/20:

  1. Serán caracterizados en el Sistema registral con el código “460-Beneficio Dec.332/20 Postergación pago de contribuciones S.S.”
  • Se posterga el pago a las siguientes fechas:
Terminación CUIT Fecha de pago
0, 1, 2 y 3 15/07/2020
4, 5 y 6 16/07/2020
7, 8 y 9 17/07/2020
  • Deberán utilizar el nuevo R.3 V.42 del aplicativo SICOSS/Declaración en línea. En el mismo se desplegarán dos totales:

Contribuciones SIPA Dec.332/20

Contribuciones NO SIPA Dec.332/20

Si los empleadores ya hubieren presentado el F.931, deberán rectificar hasta el 31/05/20. Si ya hubieren abonado, deberán reimputar el pago de las contribuciones mediante el sistema “Cuentas Tributarias”

  • Los códigos de imputación para el pago son los siguientes:

a) Contribuciones Patronales al SIPA Beneficio Decreto 332/2020: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-368-019.

b) Restantes Contribuciones Patronales –no SIPA– Beneficio Decreto 332/2020: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-369-019.

c) Contribuciones Patronales sujetos no alcanzados por beneficio de postergación Decreto 332/2020: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-019-019. Quedamos a disposición para cualquier aclaración necesaria.

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