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PROGRAMA DE ASISTENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN. REGLAMENTACIÓN DEVOLUCIÓN SALARIO COMPLEMENTARIO. Resolución General 4719/20 AFIP (B.O.19/05/20).

19 mayo, 2020
by María del Carmen Mazza

El fisco reglamenta, a través de la RG 4719/20, publicada hoy en el Boletín Oficial, el procedimiento para aquellos empleadores que devuelvan el importe del Salario complementario abonado por ANSES a sus trabajadores, en el marco del Programa de Asistencia ATP.

Los empleadores deberán realizar los siguientes pasos:

  • Generar un VEP con los siguientes códigos:

Reintegro salario complementario: 

Impuesto 016

Concepto 019

Subconcepto 019

Reintegro intereses financieros

Impuesto 016

Concepto 019

Subconcepto 095

  • Informar la cantidad de trabajadores e importe que se transfiere a AFIP:

Deberán enviar a AFIP, a través del servicio “Presentaciones digitales” el detalle de los CUILES de los trabajadores involucrados y el importe que se reintegra por cada uno de ellos.

  • Plazos para efectuar la devolución:

Por los salarios devengados en el mes de abril/20:   Hasta el 31/05/20

Por los salarios devengados en los meses de mayo/20 y siguientes: Hasta el día 20 del mes en que se haya realizado el pago.

  • Cálculo de los intereses:

Los intereses se calcularán por el CER (Coeficiente de estabilización de referencia)

Se deberán calcular desde el día de la acreditación del beneficio y hasta el día de la devolución.

Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.

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