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AISLAMIENTO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. NUEVA SUMA NO REMUNERATIVA PARA PERSONAL EN RIESGO QUE NO PRESTA SERVICIOS. Decreto 792/20 (B.O.12/10/2020)

13 octubre, 2020
by María del Carmen Mazza

El Decreto de referencia establece ciertas pautas respecto al Aislamiento y al Distanciamiento social, preventivo y obligatorio, en el marco de la pandemia COVID-19.

Desde el punto de vista estrictamente laboral dispone, en el art.24, una novedad respecto a la retribución del  personal dependiente exceptuado de prestar tareas por ser de riesgo. Reseñamos a continuación sus aspectos salientes.

PERSONAL INVOLUCRADO:

  • Trabajadores de riesgo establecidos así por la autoridad sanitaria nacional.
  • Mayores de 60 años.
  • Embarazadas.
  • Personas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niños o adolescentes.

Todos ellos impedidos de realizar tareas esenciales (Res.207/20 MT) y que no pueden prestar servicios en forma remota.

SUMA NO REMUNERATIVA A PERCIBIR:

  • Se les abonará una suma no remunerativa igual a su remuneración habitual.
  • Neta de aportes de Seguridad Social (11%)
  • Con descuentos a la Obra Social y al INSSJP (3% mas 3%)
  • El empleador contribuirá Obra Social y al INSSJP

VIGENCIA:

  • A partir del devengado octubre/20.

TEMAS POR ACLARAR:

  • La norma nada dice de los aportes y contribuciones sindicales, como así tampoco de la contribución de ART.
  • No aclara los aspectos prácticos de la implementación en la liquidación de los haberes.

Esperamos que a la brevedad se publiquen normas reglamentarias y aclaratorias.

Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.

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