TRABAJADORES CON Y SIN TELETRABAJO. TRABAJADORES DE SERVICIOS ESENCIALES. REGLAMENTACIÓN DEC.297/20. Resolución 219/20 MTSS (B.O. 20/03/2020)
Les acercamos una síntesis sobre la Resolución 219/2020 MTSS (B.O. 20/03/20) que reglamenta el DNU 297/2020 que dispuso el “aislamiento social obligatorio” dispuesto por el DNU 297/2020.
Se distinguen tres grupos de trabajadores y el tratamiento de su remuneración, entre otras cuestiones, a saber:
- Trabajadores que realicen teletrabajo.
Percibirán su remuneración habitual.
- Trabajadores que no pueden realizar teletrabajo:
-Percibirán una suma con carácter “no remuneratorio”, con excepción de los aportes con destino al INSSP (Pami) y a Obra Social.
-Idéntico tratamiento tendrán las contribuciones empleador, esto es que se ingresará únicamente el INSSP (Pami) y Obra Social.
-Este tratamiento especial sobre un pago no remunerativo diferencial deberá ser convalidado en el marco de la nueva versión del aplicativo de cargas sociales (Declaración en línea/SICOSS), que aún no está disponible.
- Trabajadores que presten servicios en actividades “esenciales”, por ende exceptuados de la cuarentena (art.6 DEc.297/20):
-El empleador deberá entregarles un certificado de trabajo que deberán exhibir ante requerimientos de autoridades policiales.
-Las horas extras necesarias para la continuidad del trabajo requerido, tributarán las contribuciones a cargo del empleador con destino al SIPA, con una reducción del 95%
-Si la empresa estuviera obligada a contratar temporalmente a trabajadores como consecuencia de la cuarentena, se considerará trabajo eventual (en los términos del art. 99 de la LCT) y gozará del beneficio de una reducción de las contribuciones a cargo del empleador con destino al SIPA igual al 95%.
-Este tratamiento especial sobre las horas suplementarias y las contrataciones eventuales y su correspondiente reducción de contribuciones deberá ser convalidado en el marco de la nueva versión del aplicativo de cargas sociales (Declaración en línea/SICOSS), que aún no está disponible.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.