SEGURIDAD SOCIAL. TRABAJO REGISTRADO EN LÍNEA. FISCALIZACIÓN AFIP CON RELEVAMIENTO PERSONAL. NUEVO PROCEDIMIENTO DIGITAL. Resolución General 5300/22 AFIP (B.O.12/12/22)
Los empleadores podrán ser fiscalizados a través de la herramienta informática denominada “Trabajo registrado en línea” que emitirá digitalmente las planillas de relevamiento y notificaciones respectivas.
Se generarán los siguientes documentos:
a) Formulario “F.8240/E – Planilla de Relevamiento de Personal”, (Anexo I)
b) Formulario “F.8400/E – Acta de Notificación de Relevamiento”, (Anexo II)
Los ejemplares se conservarán en un archivo electrónico que podrá ser consultado e impreso por el interesado a través del sitio “web” del organismo fiscal accediendo al servicio “e-TRL”
El formulario “F.8240/E – Planilla de Relevamiento de Personal” será suscripto holográficamente en el dispositivo electrónico por el empleado relevado y los funcionarios actuantes.
El ejemplar del relevamiento podrá ser consultado e impreso por el empleado a
través del servicio “e-TRL”
Finalizado el relevamiento se emitirá el formulario “F.8400/E – Acta de
Notificación del Relevamiento”, que será suscripto holográficamente en el
dispositivo electrónico por el interesado y los funcionarios actuantes.
Los agentes entregarán al interesado un “código QR” para su captura, a través
del cual podrá descargar la respectiva acta.
El referido documento será comunicado en el Domicilio Fiscal Electrónico del
contribuyente
Vigencia y aplicación: A partir del 02/01/2023