REDUCCIÓN 95% CONTRIBUCIONES SIPA SEGURIDAD SOCIAL EMPRESAS DE SALUD. PRÓRROGA 90 DÍAS. REGLAMENTACIÓN DECRETO 300/20 Y MODIFICATORIOS Resolución General 4808/20 AFIP (02/09/2020)
2 septiembre, 2020
La norma de referencia reglamenta la prórroga por 90 días del beneficio de reducción de 95% de las contribuciones de Seguridad Social, con destino al SIPA, dispuesta por el Dec.300/20 y sus modificaciones.
A tal fin el fisco dispone, a través de esta Resolución, que la vigencia de la aplicación del beneficio se extiende a los períodos devengados agosto, septiembre y octubre, por lo cual adaptarán el sistema Declaración en línea para la implementación práctica durante los meses citados.
Recordemos:
- En la declaración jurada de aportes y contribuciones, formulario 931, los empleadores deberán computar, según corresponda los siguientes códigos de actividad:
1.
Código de actividad “127 – Actividades no clasificadas – Sector Salud Dcto.
300/2020”.
2. Código de actividad “128 – Ley Nº
15223 con obra social – Sector Salud Dcto. 300/2020”.
- Las contribuciones SIPA según el tipo de empleador (Art.19 Ley 27541) son:
Ley 27.541 art. 19 | Contribución SIPA | Beneficio reducción Dec.300/20 y modificatorios |
Inciso a) | 12.35% | 0.6175% |
Inciso b) | 10.77% | 0.5385% |
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.
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