REDUCCIÓN 95% CONTRIBUCIONES SIPA SEGURIDAD SOCIAL EMPRESAS DE SALUD. PRÓRROGA 90 DÍAS. Decreto 695/20 (25/08/20)
25 agosto, 2020
La norma de referencia prorroga por 90 días el beneficio de reducción de 95% de las contribuciones de Seguridad Social, con destino al SIPA.
Por lo que su vigencia alcanza los períodos devengados agosto, septiembre y octubre.
Recordemos:
- La norma que dispuso esta reducción fue el Decreto 300/20, prorrogado por el Decreto 545/20 cuya vigencia alcanzaba al devengado julio/20
- En la declaración jurada de aportes y contribuciones, formulario 931 los empleadores deberán computar, según corresponda los siguientes códigos de actividad:
1.
Código de actividad “127 – Actividades no clasificadas – Sector Salud Dcto.
300/2020”.
2. Código de actividad “128 – Ley Nº
15223 con obra social – Sector Salud Dcto. 300/2020”.
- Las contribuciones SIPA según el tipo de empleador (Art.19 Ley 27541) son:
Ley 27.541 art. 19 | Contribución SIPA | Beneficio reducción Dec.300/20 y modificatorios |
Inciso a) | 12.35% | 0.6175% |
Inciso b) | 10.77% | 0.5385% |
- Quedan incluídos en el beneficio los trabajadores profesionales, técnicos, auxiliares y ayudantes que presten servicios relacionados con la salud.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.
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