Se publica la nueva Decisión Administrativa que define ciertas cuestiones relativas al beneficio del Crédito a Tasa Subsidiada del Programa de Asistencia al Trabajo y Producción –ATP- para el devengado OCTUBRE/20, a saber:
El importe máximo del crédito será del 120% de un salario mínimo, vital y móvil por cada trabajador de la nómina al 30 de septiembre de 2020, no pudiendo superar en ningún caso la sumatoria del salario neto de cada uno de los empleados y empleadas de la empresa solicitante correspondientes al mes de septiembre de 2020, en el caso que sea menor.
Los tendremos al tanto de las novedades sl respecto.

