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RECOMENDACIONES COMISION DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO AL PROGRAMA ASISTENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN-ATP- ACTA Nº 19 Decisión Administrativa 1343/20 JGM (B.O.29-07-20).

29 julio, 2020
by María del Carmen Mazza

Se publica la nueva Decisión Administrativa que define las condiciones para el otorgamiento de los beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y Producción –ATP- para el devengado julio/20.  Describimos sus aspectos salientes:

CRÉDITOS A TASA 0 MONOTRIBUTISTAS Y AUTÓNOMOS. PRÓRROGA.

Se extiende la inscripción hasta el 30/09/20.

CREDITOS A TASA 0-SECTOR CULTURA.

Se crea una línea de crédito a tasa 0, con un período de gracia de 12 meses, para los trabajadores autónomos y monotributistas, que desarrollan las actividades indicadas en nomenclador CLAE, F.883,

Venta al por mayor de artículos de uso doméstico y/o personal

464211: Venta al por mayor de libros y publicaciones

464212: Venta al por mayor de diarios y revistas

464910: Venta al por mayor de cd’s y dvd’s de audio y video grabados.

Venta al por menor de bienes culturales y recreativos en comercios especializados

476110: Venta al por menor de libros

476120: Venta al por menor de diarios y revistas

476200: Venta al por menor de cds y dvds de audio y video grabados (incluye cd’s y

dvd’s vírgenes)

Venta al por menor de productos N.C.P. en comercios especializados

477480: Venta al por menor de obras de arte

477820: Venta al por menor de libros, revistas y similares usados

Fabricación de instrumentos de música

322001: Fabricación de instrumentos de música

Enseñana

854960: Enseñanza artística

Edición

581100: Edición de libros, folletos, y otras publicaciones

581300: Edición de periódicos, revistas y publicaciones periódicas

581900: Edición n.c.p.

Emisión y retransmisión de radio

601000: Emisión y retransmisión de radio

Servicios de televisión

602320: Producción de programas de televisión

602900: Servicios de televisión n.c.p

Servicios de cinematografía

591110: Producción de filmes y videocintas

591120: Postproducción de filmes y videocintas

591200: Distribución de filmes y videocintas

591300: Exhibición de filmes y videocintas

Servicios de grabación de sonido y edición de música

592000: Servicios de grabación de sonido y edición de música

Servicios artísticos y de espectáculos

900011: Producción de espectáculos teatrales y musicales

900021: Composición y representación de obras teatrales, musicales y artísticas

(incluye a compositores, actores, músicos, conferencistas, pintores, artistas plásticos etc.)

900030: Servicios conexos a la producción de espectáculos teatrales y musicales

(incluye

diseño y manejo de escenografía, montaje de iluminación y sonido, etc.)

900040: Servicios de agencias de ventas de entradas

900091: Servicios de espectáculos artísticos n.c.p. (incluye espectáculos circenses, de

títeres, mimos, etc.)

Servicios de bibliotecas, archivos y museos y servicios culturales N.C.P.

910100: Servicios de bibliotecas y archivos

910200: Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos

910900: Servicios culturales n.c.p. (incluye actividades sociales, culturales, recreativas y

de interés local desarrollado por centros vecinales, barriales, sociedades de fomento,

clubes no deportivos, etc.)

Servicios artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento

939090 : Servicios de entretenimiento n.c.p.

Servicios de diseño especializado

741000: Servicios de diseño especializado (incluye diseño de indumentaria, diseño

gráfico, actividades de decoradores, etc.)

Actividades profesionales, científicas y técnicas N.C.P.

749002: Servicios de representación e intermediación de artistas y modelos

Servicios de arquitectura e ingeniería y servicios técnicos N.C.P..

711009: Servicios de arquitectura e INGENIERÍA y servicios conexos de asesoramiento

técnico n.c.p.

Servicios de fotografía

742000: Servicios de fotografía

CRÉDITOS A TASA SUBSIDIADA:

Se crea una línea de crédito a tasa 0 para:

  • Empresas con menos de 800 trabajadores.
  • Con actividades económicas incluídas en las Decisiones Administrativas hasta la fecha.
  • Se considerará una variación de facturación nominal interanual positiva de hasta el 30% (equivalente a variación real negativa), períodos junio/2019 a junio/20.
  • Las empresas con inicio de actividad entre 01/01/2019 y el 30/11/2019, se comparará la facturación entre junio/2020 y diciembre/2019.
  • No podrán acceder a este beneficio las empreas que al 12/03/2020, presenten estado 3, 4, 5 o 6, conforme el Resultado de Situación Crediticia publicado por el Banco Central.
  • El importe máximo del crédito será igual al 120% de un SMVM, por cada trabajador en nómina al 31/05/20,
  • No podrá ser menor al salario neto de cada trabajador del devengado mayo/20.
  • Quedan excluídos los trabajadores con salarios brutos devengados en mayo/20 superiores a $ 140.000.
  • Período de gracias de 3 meses y su otorgamiento es por 12 meses.
  • Los fondos serán acreditados en las cuentas de los trabajadores.
  • Cada interesado deberá manifestar su conformidad para acceder al crédito.
  • La AFIP y el Banco Central deberán reglamentar los aspectos operativos de su implementación

SALARIO COMPLEMENTARIO. DEVENGADO MES JULIO/20:

El salario complementario del ATP  para Julio 2020  clasifica a las empresas según las actividades que desarrollen de esta forma:

  • Actividades afectadas en forma crítica
  • Actividades No afectadas en forma crítica

Con independencia de la cantidad de trabajadoras y trabajadores.

Su cálculo será igual a:

  • El 83% del sueldo bruto devengado en el mes mayo/20
  • Con el límite del 50% del sueldo neto percibido por el mes devengado  mayo/20
  1. Empresas con actividades afectadas en forma crítica:

El Salario Complementario será:

-Límite inferior de 1 SMVM

-Límite superior de 2 SMVM.

-No podrá ser mayor al salario neto del salario neto percibido por el devengado mayo/20

  • Empresas con actividades no afectadas en forma crítica:

-Límite superior 1.5 SMVM

– No podrá ser mayor al salario neto del salario neto percibido por el devengado mayo/20

  • Facturación:

Se considerará una variación nominal de facturación interanual negativa comparando los meses junio 2019 con junio 2020

Las empresas con inicio de actividad entre 01/01/2019 y el 30/11/2019, se comparará la facturación entre junio/2020 y diciembre/2019.

Las empresas con inicio actividad a partir del 01/12/2019, no se considerará la variación de facturación.

  • Remuneraciones excluídas:

No serán pasibles de Salario Complementario los trabajadores con remuneraciones, devengadas en el mes de mayo/20, superiores a $ 140.000.-

REDUCCIÓN 95% CONTRIBUCIONES PATRONALES CON DESTINO AL SIPA:

-Se otorgará a empresas que desarrollan actividades críticas.

-Siempre y cuando presenten una variación nominal de facturación interanual negativa (junio/2019 con junio/2020).

POSTERGACIÓN DE PAGO CONTRIBUCIONES PATRONALES CON DESTINO AL SIPA:

-Se otorgará a empresas que desarrollan actividades no críticas.

-Siempre y cuando presenten una variación nominal de facturación interanual negativa (junio/2019 con junio/2020).

Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.

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