PRÓRROGA PAGO COMPENSACIÓN NO REMUNERATIVA A LOS TRABAJADORES DISPENSADOS DE VOLVER A LA ACTIVIDAD LABORAL. Decreto 494/21 (B.O.07/08/21)
17 agosto, 2021
Recordemos que la Resolución Conjunta 04/2021 de los Ministerios de Salud y de Trabajo del 08/04/21 reglamentó el marco por el cual los trabajadores podían retornar a la actividad laboral habitual o continuar dispensados de la obligación.
Para aquellos que mantienen la dispensa, el presente decreto regula que continuarán percibiendo la compensación no remunerativa o equivalente a su remuneración habitual, sobre la cual solo se efectuarán los aportes personales y contribuciones patronales a la Obra Social y al INSSJP.
Esta disposición regirá hasta el 01/10/2021.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.
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