PROGRAMA REPRO II. Y ASISTENCIA A TRABAJADORES INDEPENDIENTES. BENEFICIO DEVENGADO JULIO 2021. RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN ACTA Nº 9. CONDICIONES Y PARÁMETROS. Resolución 462/2021 MTESS (B.O.10/08/2021)
Se adoptan las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II” en el Acta N° 9, a saber:
Criterio de preselección:
Criterios de selección:
En base a los parámetros reseñados, los empleadores deben cumplir con las siguientes condiciones, según el sector de actividad al que pertenezcan:
-Sectores críticos y afectados no críticos: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes tres indicadores:
- Variación de la facturación.
- Variación del IVA Compras.
- Variación de la relación entre el costo laboral y la facturación.
-Sector salud: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes dos indicadores:
- Variación de la facturación.
- Variación de la relación entre el costo laboral y la facturación
Las empresas con más de 15 trabajadores dependientes deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto.
Programa de asistencia de emergencia a trabajadores independientes en sectores críticos:
Variación de facturación:
Y deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Trabajador no empleador: cumplimiento del indicador de variación de la facturación.
- Trabajador empleador: cumplimiento de los criterios de preselección y selección del Programa REPRO II.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.