PROGRAMA REPRO II . PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A TRABAJADORES INDEPENDIENTES EN SECTORES CRÍTICOS. `PROGRAMA DE ASISTENCIA SECTOR HOTELERO LOCALIDADES AFECTADAS. DEVENGADO ENERO/22. CRITERIOS DE PRESELECCIÓN. PLAZO INSCRIPCIÓN. Resolución 49/2022 MTESS (B.O.21/01/22). Resolución 78/2022 MTESS (B.O.28/01/22)
- PROGRAMA REPRO II:
Plazo inscripción:
Plazo inscripción original : 24/01/22 al 30/01/22 (Res.49/22 MTESS)
Plazo inscripción ampliado: 28/01/22 al 31/01/22 (Res.78/22 MTESS)
Criterios de Preselección:
a. Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: diciembre de 2019 y diciembre de 2021.
b. Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
c. Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: noviembre de 2021.
d. Corte de actualización de bajas de nómina: 21 de enero inclusive.
e. Corte de actualización CBU: 21 de enero inclusive.
- PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A TRABAJADORES INDEPENDIENTES EN SECTORES CRÍTICOS
Plazo inscripción:
Plazo inscripción original : 24/01/22 al 30/01/22 (Res.49/22 MTESS)
Plazo inscripción ampliado: 28/01/22 al 31/01/22 (Res.78/22 MTESS)
Criterios de Preselección:
a. Presentar una reducción de la facturación superior al TREINTA POR CIENTO (30%) en términos reales, para el periodo comprendido entre diciembre de 2019 y diciembre 2021.
b. Periodo de referencia de pagos a acreditar:
• Autónomos: de 05/2021 hasta 11/2021
• Monotributo: de 6/2021 hasta 12/2021
c. Corte de pago Monotributistas: pagos hasta el 21 de enero inclusive.
- ROGRAMA DE ASISTENCIA EXTRAORDINARIA AL SECTOR HOTELERO EN ZONAS Y LOCALIDADES TURÍSTICAS AFECTADAS
Plazo inscripción:
Plazo inscripción original : 24/01/22 al 30/01/22 (Res.49/22 MTESS)
Plazo inscripción ampliado: 28/01/22 al 31/01/22 (Res.78/22 MTESS)
Criterios de Preselección:
a. Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP): diciembre de 2019 y diciembre de 2021.
b. Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
c. Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: noviembre 2021.
d. Corte para la actualización en el SISTEMA SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL (AFIP) del domicilio del sujeto empleador (domicilio de explotación) en el que la trabajadora o el trabajador desarrolla la actividad laboral: al 30 de enero inclusive.
e. Corte de actualización CBU: 21 de enero inclusive.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.