PROGRAMA REPRO II. BENEFICIO DEVENGADO ABRIL 2021. SE ADOPTAN LAS RECOMENDACIONES ACTA Nº 6 COMITÉ EVALUACIÓN. PARÁMETROS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN PARA ACCEDER. Resolución 245/2021 MTESSS (B.O.11/05/2021)
La Resolución adopta los parámetros y criterios de selección fijados por el Acta Nº6 del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II, para el beneficio del devengado abril/21.
Criterios de preselección:
Criterios de selección:
Para acceder al beneficio del Programa REPRO II, las empleadoras y los empleadores deben cumplir con las siguientes condiciones de acuerdo al sector que estén encuadrados y de acuerdo a los parámetros expresados en el cuadro precedente:
Sectores afectados no críticos: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes tres indicadores:
-Variación de la facturación.
-Variación porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.
-Variación porcentual de las importaciones (para las empresas que declaran importaciones en los dos períodos tomados como referencia para el cálculo del indicador).
Sector salud: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes dos indicadores:
-Variación de la facturación.
-Variación porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.
Sectores críticos: cumplimiento obligatorio del indicador de la variación de la facturación en términos nominales, , y del indicador de liquidez corriente.
Empresas con más de 15 trabajadores deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto, con la excepción de las empresas encuadradas en los sectores críticos cuya obligación se aplica para los activos y pasivos corrientes.
Empleadores inscriptos al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente, dispuesto en la Resolución 201/21, se propone que el parámetro correspondiente al indicador de liquidez sea inferior a 2,5.
Para los indicadores de cumplimiento obligatorio se requiere como condición necesaria que el empleador solicitante declare valores positivos en algunos de los dos períodos de referencia.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.