POSIBLE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS DEL IMPORTE DEL S.A.C., 2° CUOTA AÑO 2015. Anuncio del presidente electo Mauricio Macri. Norma sin publicar en el Boletín Oficial.
El presidente electo adelantó que aquellos trabajadores en relación de dependencia, con ingresos brutos inferiores a $ 30.000.- mensuales, quedarán exentos de tributar impuesto a las ganancias sobre el importe del S.A.C. 2° cuota/2015.
Sin lugar a dudas habrá que esperar a la publicación de la norma respectiva, a los efectos de interpretar su alcance y proceder en consecuencia.
Por lo cual, probablemente, los empleadores habrán liquidado y abonado el S.A.C con el descuento de impuesto a las ganancias respectivo, cuando la disposición finalmente se formalice en el Boletín Oficial.
A mayor abundamiento, recordemos que, de acuerdo a los términos de la ley 27.073, los trabajadores deben percibir el S.A.C. con vencimiento el 18/12/15, esto es que estamos sobre la fecha de la liquidación del mismo
En este escenario, solo resta concluir, que para cumplir con los recaudos de la nueva disposición, los empleadores deberán reliquidar el importe del impuesto a las ganancias descontado sobre el S.A.C., y proceder a su reintegro a favor de los trabajadores.
Los tendremos la tanto de las novedades al respecto

