IMPUESTO A LAS GANANCIAS. INCREMENTO IMPORTES EXENTOS Y TABLAS DE DEDUCCIONES Y ALÍCUOTAS A PARTIR 01/01/23. Publicado en la página web de AFIP.
El fisco ha adelantado en su página web: www.afip.gob.ar el incremento de los importes exentos y las tablas de deducciones y alícuotas del impuesto a las ganancias a partir del 01/01/2023, de la siguiente forma:
1 – GRUPOS 1 a 3. DEDUCCIÓN ESPECIAL INCREMENTADA:
- Grupo 1.Exento:
Remuneración del mes o promedio al mes de pago (de los dos el menor) inferior a $ 404.062.- brutos.
Se resta del neto imponible del mes una deducción especial incrementada que iguale la ganancia neta sujeta a impuesto a $ 0.-
- Grupo 2. Anexo Tabla Deducción especial fija:
Remuneración del mes o promedio al mes de pago (de los dos el menor) superior a $ 404.062.-e inferior a $ 466.017.- ambos brutos. Se resta del neto imponible del mes una deducción especial incrementada determinada en el Anexo II publicado en la resolución.
- Grupo 3. Sin beneficios:
Remuneración del mes o promedio al mes de pago (de los dos el menor) superior a $ 466.017.-brutos . No obtiene ningún beneficio de deducción especial incrementada.
- Importante:
-El promedio se calcula a partir del mes de enero/23 en adelante. Por lo cual en dicho mes el divisor del promedio es igual a 1, promedio y remuneración del mes son iguales
-Aún no se publicó si el S.A.C. 1° cuota/23 estará exento hasta determinado importe, beneficio que operó durante el año 2022.
2 – TABLAS DEDUCCIONES Y ALÍCUOTAS DEL IMPUESTO:
Asimismo se han publicado las tablas mes a mes de:
2.1 Deducciones personales
2.2 Deducciones personales zonas desfavorables.
2.3 Alícuotas del impuesto
Estas tablas fueron actualizadas en base al índice RIPTE a octubre/22, en base al coeficiente 1,78838509
Es dable esperar que los nuevos importes sean refrendados por la publicación en el Boletín Oficial de las resoluciones correspondientes.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.