IMPUESTO A LAS GANANCIAS. IMPUESTO CEDULAR TRABAJADORES. FORMULARIO 572 WEB SIRADIG. HABILITACIÓN AÑO 2024. Publicado en el sitio web de AFIP con fecha 18/01/24.
Con fecha 18/01/24 el fisco ha habilitado la carga en el F.572 web SIRADIG para el año fiscal 2024. Rogamos prestar la debida atención.
OPERATORIA GENERAL DEL SERVICIO :
Al ingresar elegir Período 2024:
En la siguiente pantalla donde se cargan los datos del empleador se observa una nueva opción:
Régimen Cedular- Mayores ingresos
Régimen General
- Si el empleado no es Director SA o Socio Gerente SRL, debe tildar la opción Régimen CEDULAR -Mayores ingresos.
Luego continuará informando los datos de otros empleos si los hubiera.
- Si se trata de un Director empleado o Socio Gerente SRL hay que tildar Régimen General y tildar Sueldos percibidos por directores, etc.
A continuación ingresará a las pantallas de carga de Otros empleos (si los hubiera), Familiares a cargo y Gastos pagados deducibles.
NUESTROS COMENTARIOS:
Hemos observado que al ingresar al Régimen CEDULAR el sistema permite la carga de los siguientes gastos deducibles:
-Deducción del personal doméstico
-Aporte a sociedades de garantía recíproca
Recordemos que la ley 27725 que creó el impuesto Cedular no admitió la deducibilidad de ningún gasto efectivamente abonado.
Por lo cual estamos a la espera de nuevas pautas legislativas que modifiquen los términos de la ley.
Quedamos a disposición para cualquier aclaración necesaria.