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IMPORTANTE. IMPUESTO A LAS GANANCIAS REGLAMENTACIÓN INCREMENTO MÍNIMOS EXENTOS A PARTIR DE NOVIEMBRE/22. RG 5280/22 AFIP (B.O 07/11/22)

8 noviembre, 2022
by María del Carmen Mazza

La RG 5280/22 AFIP (B.O.07/11/22) reglamentó el incremento de las exenciones en el impuesto a las ganancias dispuesto por el Dec.714/22, determinando lo siguiente:

  • Grupo Exento:

Remuneración del mes o promedio al mes de pago inferior a $ 330.000.- Se resta del neto imponible del mes una deducción especial incrementada que iguale la ganancia neta a $ 0.-

  • Grupo  Deducción especial fija según Tabla Anexo II:

Remuneración del mes o promedio al mes de pago superior  a $ 330.000.-e inferior a $ 431.988.-brutos. Se resta del neto imponible del mes una deducción especial incrementada determinada en el Anexo II publicado en la resolución.

  • Grupo sin beneficios:

Remuneración del mes o promedio al mes de pago superior a $ 431.988.-brutos.  No obtiene ningún beneficio de deducción especial incrementada.

  • Cálculo del promedio:

El promedio se calcula a partir del mes de noviembre/22 en adelante. Por lo cual en dicho mes el divisor del promedio es igual a 1. El promedio y la remuneración del mes son iguales

  • S.A.C.:

Se exime el S.A.C. 2° cuota/2022 cuando el promedio de las remuneraciones de julio a diciembre/22 resulte menor a $ 330.000.- brutos.

  • Evolución de los mínimos a lo largo del año 2022:
Rentas devengadas Mínimo Rango Anexo II
Entre enero a mayo $ 225.937.- $ 225.937 / $ 260.580
Entre junio a octubre $ 280.792.- $ 280.792 / $ 324.182
Entre noviembre a diciembre $ 330.000 $ 330.000 / $ 431.988

Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.

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