DERIVACIÓN DE APORTES Y CONTRIBUCIONES A OBRA SOCIAL. PERMANENCIA. Resolución 1/25 Ministerio de Salud (B.O. 31/01/25)
La norma de referencia dispone el procedimiento para la derivación directa de aportes y contribuciones en el sistema de salud a las entidades de medicina prepaga en forma directa, o la opción a cargo del empleado de permanecer aportando a la Obra social intermediaria.
Para ello se debe consultar en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud que indicará si se debe o no hacer un trámite para dicha permanencia.
Ingresando a la web de la SSS se observa el siguiente mensaje:

Luego ingresando en el link “Consulta Pública”, se abre la siguiente pantalla de carga:

Si de la consulta resulta:
- El CUIL ………………………………..no fue afectado por la Resolución 1/2025
El empleado no debe hacer ningún trámite adicional
Si, en contraposición, de la consulta resulta:
- Tramitar anulación de movimientos – Art. 4 Resolución 1/2025 – Puede solicitar permanecer en la O.S.
En esta alternativa, puede gestionar la permanencia ingresando en “Trámites a Distancia” (TAD) de la web de AFIP, en la opción “Voluntad de permanencia en la Obra Social”.
Es importante resaltar que en la segunda opción el plazo para el trámite opera el próximo 31/03/25.
Quedamos a disposición para cualquier aclaración necesaria.
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