ASIGNACIONES FAMILIARES. NUEVA BASE DE CÁLCULO.
Decreto 1667/12 (B.O. 13/09/12). Decreto 1668/12 (B.O.13/09/12)
Fecha de publicación: 13/09/2012
En el día de la fecha se establecen modificaciones en el régimen de asignaciones familiares, a saber:
1 – Decreto 1667/12
Se establece que el ingreso máximo necesario para acceder al beneficio de la percepción de las asignaciones familiares, se determinará en base a la totalidad de los ingresos del grupo familiar, sean los mismos originados en la relación de dependencia, rentas de referencia para trabajadores autónomos y monotributistas, prestaciones contributivas o no contributivas, etc.
En razón de lo cual cambia el criterio rector que rigió hasta el momento, que determinaba el pago de las asignaciones en función del ingreso mensual del solicitante, independientemente de lo que percibiera todo el grupo familiar.
A partir de esta modificación se suscitan interrogantes sobre la metodología de cálculo de los ingresos del grupo familiar, y la documentación a aportar al respecto, en razón de lo cual la ANSeS deberá dictar las normas reglamentarias y aclaratorias correspondientes.
La vigencia rige para las asignaciones devengadas por el mes de septiembre/12, por lo cual es de esperar que la reglamentación sea publicada a la mayor brevedad.
2 – Decreto 1668/12
2.1 Nuevos límites mínimo y máximo para la percepción de asignaciones familiares:
El grupo familiar deberá percibir entre $ 200 a $ 14.000.- mensuales.
Si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $ 7.000.- mensuales, dicho grupo queda excluído del beneficio, aunque en conjunto la sumatoria de ingresos del grupo no supere el tope máximo de $ 14.000.-
Estos topes no rigen para la liquidación de la asignación familiar por Hijo con discapacidad, ni para la asignación por Maternidad
3 – Vigencia: Los nuevos importes de asignaciones rigen a partir del devengado del mes de septiembre/12
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.

