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IMPUESTO A LAS GANANCIAS. IMPUESTO CEDULAR TRABAJADORES. FORMULARIO 572 WEB SIRADIG. HABILITACIÓN AÑO 2024. Publicado en el sitio web de AFIP con fecha 18/01/24.

1 febrero, 2024
by María del Carmen Mazza

Con fecha 18/01/24 el fisco ha habilitado la carga en el F.572 web SIRADIG para el año fiscal 2024. Rogamos prestar la debida atención.

OPERATORIA GENERAL DEL SERVICIO :

Al ingresar elegir Período 2024:

En la siguiente pantalla donde se cargan los datos del empleador se observa una nueva opción:

Régimen Cedular- Mayores ingresos

Régimen General

  1. Si el empleado no es Director SA o Socio Gerente SRL, debe tildar la opción Régimen CEDULAR -Mayores ingresos.

Luego continuará informando los datos de otros empleos si los hubiera.

  1. Si se trata de un Director empleado o Socio Gerente SRL hay que tildar Régimen General y tildar Sueldos percibidos por directores, etc.

A continuación ingresará a las pantallas de carga de Otros empleos (si los hubiera), Familiares a cargo y Gastos pagados deducibles.

NUESTROS COMENTARIOS:

Hemos observado que al ingresar al Régimen CEDULAR el sistema permite la carga de los siguientes gastos deducibles:

-Deducción del personal doméstico

-Aporte a sociedades de garantía recíproca

Recordemos que la ley 27725 que creó el impuesto Cedular no admitió la deducibilidad de ningún gasto efectivamente abonado.

Por lo cual estamos a la espera de nuevas pautas legislativas que modifiquen los términos de la ley.

Quedamos a disposición para cualquier aclaración necesaria.

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