• DDAS ONLINE
  • (11) 5272-5035
  • info@ddas.com.ar
DDAS | Outsourcing de Sueldos |DDAS | Outsourcing de Sueldos | DDAS | Outsourcing de Sueldos |DDAS | Outsourcing de Sueldos |
  • Home
  • DDAS
    • Nosotros
    • Nuestras Fortalezas
  • Outsourcing de Sueldos
  • + Servicios
    • Consultoría en Liquidación de Sueldos
    • Capacitación en liquidación de sueldos
    • Auditoria de Sueldos
  • Novedades
  • Consejos DDAS
  • Contacto
  • Home
  • DDAS
    • Nosotros
    • Nuestras Fortalezas
  • Outsourcing de Sueldos
  • + Servicios
    • Consultoría en Liquidación de Sueldos
    • Capacitación en liquidación de sueldos
    • Auditoria de Sueldos
  • Novedades
  • Consejos DDAS
  • Contacto

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. NUEVO PROGRAMA PUENTE DE EMPLEO. SU CONSTITUCIÓN. REDUCCIÓN CONTRIBUCIONES PATRONALES. Decreto 551/22 (B.O.30/08/22)

1 septiembre, 2022
by María del Carmen Mazza

Se crea el Programa “Puente de Empleo” con el objeto de de transformar los programas sociales, educativos y de empleo en trabajo registrado de calidad y promover la inclusión social plena de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica.

Los empleadores que contraten trabajadores, que participen en programas sociales, educativos o de empleo, determinados en la normativa vigente y que produzcan un incremento neto en su nómina dependiente,  gozarán de los siguientes beneficios por el plazo de 1 año contado desde el inicio de cada relación laboral:

-Podrán computar como pago a cuenta de la remuneración que abonen la asignación dineraria de dichos programas sociales, etc.

-Obtendrán una reducción del 100% de las contribuciones patronales de seguridad Social.

Una vez discontinuada la relación laboral, los trabajadores podrán:

-Continuar percibiendo las asignaciones de los programas sociales, etc., si no transcurrieron 12 meses.

-Si transcurrieron de 8 a 12 meses, podrán optar por seguir en el programa de origen o acceder a la prestación por desempleo (ley 24013 y ley 25371)

Están comprendidos los empleadores regidos por la ley de Contrato de Trabajo, los de la industria de la Construcción y los del régimen agrario.

Vigencia: 01/10/2022. Con aplicación para las relaciones laborales que se inicien durante los primeros 24 meses a partir de esa fecha,

Cabe esperar la publicación de las normas reglamentarias para la instrumentación práctica de este nuevo Programa.

Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.

Categories: Newsletter
Share us on:
  • HOME

Recientes

MODERNIZACIÓN LABORAL. MODIFICACIONES A LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO Y AFINES.  SEGUNDO INFORMATIVO. Ley 27802 (B.O.06/03/26)

MODERNIZACIÓN LABORAL. MODIFICACIONES A LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO Y AFINES. SEGUNDO INFORMATIVO. Ley 27802 (B.O.06/03/26)

7 abril, 2026
REGISTRO EMPLEADORES GOBIERNO CIUDAD DE BUENOS AIRES. VENCIMIENTO PLAZO DE PRESENTACIÓN

REGISTRO EMPLEADORES GOBIERNO CIUDAD DE BUENOS AIRES. VENCIMIENTO PLAZO DE PRESENTACIÓN

25 marzo, 2026
FORMULARIO 572 WEB-SIRADIG-AÑO 2025. VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA SU PRESENTACIÓN.

FORMULARIO 572 WEB-SIRADIG-AÑO 2025. VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA SU PRESENTACIÓN.

25 marzo, 2026

Search

 

Somos un equipo de profesionales especializados en la gestión de los RRHH con una amplia trayectoria y experiencia en empresas nacionales y multinacionales de gran envergadura, que trabajamos juntos hace más de una década, comprometidos en acompañar a nuestros clientes con las mejores soluciones en payroll.

Data Fiscal

Dirección

Av. Callao 1014 – Piso 11 – (C1023AAQ) CABA – Argentina

Teléfono

11-5272-5035

Email

info@ddas.com.ar

Web by Its An Agency!