GANANCIAS SOBRE SUELDOS RELACIÓN DE DEPENDENCIA. INCREMENTO IMPORTES EXENTOS A PARTIR SEPTIEMBRE/21. REGLAMENTACIÓN DECRETO 620/21. Resolución 5076/21 (B.O.27/09/21)
La resolución de referencia reglamenta el Decreto 620/21 que estableción cambios en la liquidación del impuesto a las ganancias sobre los sueldos de los empleados, a partir del devengado septiembre/21, a saber:
- Incremento a $ 175.000.- (antes $ 150.000) el límite máximo de remuneración bruta mensual o promedio bruto al mes de pago, para quedar exentos del impuesto.
- Incremento de más de $ 175.000 y menos de $ 203.000 (antes entre 150.000/173.000), el límite máximo de remuneración bruta mensual o promedio bruto al mes de pago, para aplicar la deducción especial incrementada de importes fijos dispuestos en esta nueva resolución en su Anexo II.
- Incremento de más de $ 203.000 (ante $ 173.000), el límite máximo de remuneración bruta mensual o promedio bruto al mes de pago, como base imponible del impuesto sin ningún beneficio.
- Exención de la segunda cuota del S.A.C./2021 para remuneraciones brutas inferiores a $ 175.000.
Además de incrementar los importes de los tres grupos establecidos, la norma establece estas novedades:
a- No se arrastran los promedios hasta agosto/21.
b- Se comienza a promediar nuevamente de septiembre/21 a diciembre/21. Y en esos meses se compara el bruto del mes con los promedio, desde septiembre/21 inclusive, en base a los límites detallados en los puntos 1, 2 y 3
c- SAC 1º semestre: Se computa promedio de enero a junio/21 y si resulta menor a $ 150.000.- este SAC queda exento
d- SAC 2º semestre: Se computa promedio de julio/21 a diciembre/21 , si resulta menor a $ 175.000 este SAC queda exento.
Si el empleador ya hubiere liquidado el devengado septiembre/21 antes de la publicación de la presente resolución, la devolución que correspondiera se efectivizará en la primer liquidación que aquel abone.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.
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