IMPUESTO A LAS GANANCIAS EMPLEADOS DEPENDIENTES. INCREMENTO MÍNIMO EXENTO. Decreto 620/21 (B.O.23/09/2021).
23 septiembre, 2021
Se establecen las siguientes modificaciones:
- Incremento a $ 175.000.- (actualmente igual a $ 150.000) el límite máximo de remuneración bruta mensual o promedio bruto al mes de pago, para quedar exentos del impuesto.
- Incremento de más de $ 175.000 y menos de $ 203.000 (actualmente entre 150.000/173.000), el límite máximo de remuneración bruta mensual o promedio bruto al mes de pago, para aplicar la deducción especial incrementada en base a los importes fijos del Anexo II de la RG 5008/21 AFIP. La nueva tabla deberá ser publicada con los importes fijos en base a los rangos de remuneración modificados.
- Incremento de más de $ 203.000 (actualmente igual a $ 173.000), el límite máximo de remuneración bruta mensual o promedio bruto al mes de pago, como base imponible del impuesto sin ningún beneficio.
- Exención de la segunda cuota del S.A.C./2021 para remuneraciones brutas inferiores a $ 175.000, a revisar con el promedio del segundo semestre.
Vigencia: Para remuneraciones devengadas a partir del 01/09/21.
A efectos de aplicar las modificaciones es menester que se publiquen las normas reglamentarias correspondientes.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.
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