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RETORNO A LA ACTIVIDAD LABORAL PRESENCIAL. POSIBILIDAD DE CONVOCATORIA A EMPLEADOS VACUNADOS CON UNA O DOS DOSIS CONTRA EL COVID-19. Resolución Conjunta 4/2021 Ministerio Trabajo Empleo y SS y Ministerio Salud (B.O.09/04/21)

22 abril, 2021
by María del Carmen Mazza

La norma de referencia establece condiciones para que los empleadores puedan convocar a sus trabajadores a reincorporarse a sus lugares de trabajo en forma presencial, luego de haber recibido una o dos dosis de la vacunación contra el COVID-19, a saber:

Trabajadores incluidos que habían sido dispensados por el la Res.207/20 MTEySS en su art.1º, incisos a, b, c, :

Podrán ser convocados aquellos  que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación.

Estos trabajadores son:

a. Trabajadores mayores de 60 años de edad, excepto que sean considerados “personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”.

b. Trabajadoras embarazadas
c. Trabajadores incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional.

Trabajadores de salud con alto riesgo de exposición dispensados por embarazo o por integrar grupos de riesgo:

Podrán ser convocados aquellos que recibieran las dos dosis de vacunación, transcurridos 14 días de la segunda dosis.

Estos trabajadores son:

-Trabajadoras embarazadas.

-Trabajadores incluídos en los grupos de riesgo que define la autoridad nacional

Quedan exceptuados de convocatoria:

Aquellos trabajadores con inmunodeficiencias y pacientes oncológicos y transplantados.

Los trabajadores convocados deberán presentar al empleador:

-Constancia fehaciente de vacunación

-Manifestación, con carácter de declaración jurada, de los motivos por lo cuales no pudieron acceder a la vacunación.

Trabajadores que opten por no vacunarse:

Deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudiere original a sus empleadores.

Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.

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