TEMA: REDUCCIÓN CONTRIBUCIONES PATRONALES CON DESTINO AL SIPA. EMPLEADORES SECTOR SALUD. REGLAMENTACIÓN DECRETO 300/20. Resolución General 4694/20 (B.O.09/04/20)
Los empleadores que al 21/03/20 hubieran declarado ante AFIP alguna de las actividades de salud (que copiamos mas abajo), según listado del Decreto 300/20, serán identificadas en el “Sistema Registral” fiscal bajo el código “459 – Beneficio Dto.300/20”, con el fin de aplicar el beneficio de reducción del 95% de las alícuotas con destino al SIPA, por los períodos marzo, abril y mayo/20.
Aquellos que, posteriormente al 21/03/20, inicien o modifiquen su actividad, declarando alguna de las actividades del Decreto 300/20, podrán aplicar el beneficio a partir de la fecha que declaren dicha actividad.
A tal fin el fisco adaptará el sistema Declaración en línea y el programa aplicativo SICOSS (Versión 42, R.1) , creando los siguientes códigos de actividad:
1. Código de actividad “127 – Actividades no clasificadas – Sector Salud
Dcto. 300/2020”.
2. Código de actividad “128 – Ley Nº 15223 con obra social – Sector Salud Dcto.
300/2020”.
El fisco publicará en su sitio web el listado de puestos de trabajadores, los cuales corresponderá incorporarlos a los códigos precedentemente expuestos.
Los empleadores tendrán tiempo hasta el 31/05/20, para rectificar, en caso de corresponder, la declaración jurada formulario 931 del período marzo/20, no siendo de aplicación lo dispuesto en la RG 3093/11 que refiere a la imputación de saldos a favor.
Listado actividades de salud Anexo Decreto 300/20
| CLAE | DESCRIPCIÓN |
| 651 | Unicamente 651310 (Obras Sociales) y 651110 (Servicios de seguros de salud-incluye medicina prepaga y mutuales de salud-) |
| 861 | Servicios de hospitales |
| 862 | Servicios de atención ambulatoria realizados por médicos y odontólogos |
| 863 | Servicios de práctica de diagnóstico y tratamiento, servicios integrados de consulta, diagnóstico y tratamiento |
| 864 | Servicios de emergencia y translados |
| 869 | Servicios relacionados con la salud n.c.p. |
| 870 | Servicios sociales con alojamiento |
| 880 | Servicios sociales sin alojamiento |
| 949 | Unicamente 949990 (Servicios de asociaciones n.c.p.) |
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.

