DETRACCIÓN DECRETO 814/01. CONTRIBUCIONES EMPLEADOR DE SEGURIDAD SOCIAL. CÓMPUTO 100% PARA EMPLEADORES TEXTILES, DE CONFECCIÓN DE CALZADO Y MARROQUINERÍA. Decreto 1067/18 (B.O.23/11/2018)
La norma de referencia dispone que los empleadores de los sectores textil, de confección de calzado y marroquinería podrán detraer de la base imponible de contribuciones de Seguridad Social, el importe previsto en el artículo 4 del Decreto 814/01 en el 100%, que asciende a $ 12.000.-
En virtud que los citados sectores de actividad económica atraviesan una situación económica financiera crítica, que impide el debido cumplimiento de las obligaciones impositivas y de la seguridad social.
Recordemos que dicha detracción debía aplicarse por tramos del 20% desde el año 2018 hasta el año 2022, de acuerdo al siguiente cuadro, cuyos importes resultantes deberán actualizarse anualmente por el Indice de precios al consumidor (período octubre/octubre año anterior):
Detracción de la base imponible para contribuciones patronales | Hasta el 31/12/2018 | Hasta 31/12/2019 | Hasta 31/12/2020 | Hasta 31/12/2021 | Hasta 31/12/2022 |
% a a aplicar sobre el tope $ 12.000 | 20% | 40% | 60% | 80% | 100% |
A detraer en el imponible mes a mes | $ 2.400.- | -$ 4.800.- | $ 7.200.- | $ 9.600.- | $ 12.000.- |
A detraer en cada cuota del S.A.C. | $ 1.200.- | $ 2.400.- | $ 3.600.- | $ 4.800.- | $ 6.000.- |
El Decreto que analizamos resuelve adelantar el beneficio de aplicación de la detracción completa, esto es $ 12.000.-, por los períodos devengados noviembre/18 hasta diciembre/2019.
El empleador deberá acreditar la cantidad de trabajadores afectados a dichas tareas, en base a las normas reglamentarias que dicte el Ministerio de Producción y Trabajo.
En relación a los empleadores que desarrollen como actividad principal la clasificada como “Curtido y terminación de cueros” bajo el código del “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)” Nº 151100 deberán previamente estar inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMES (art.27 Ley 24.467).
Para la implementación práctica, es esperable que el fisco adapte, a la brevedad, el programa “Declaración en línea”, que permita la incorporación de la detracción al 100%.
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.