GANANCIAS 4º CATEGORÍA. DEDUCCIONES POR CARGAS DE FAMILIA. MODIFICACIÓN. Resolución General (AFIP) 4286/18 (B.O. 27/07/2018)
Se ha publicado la resolución de referencia que modifica el cómputo de la deducción por cargas de familia, para lo cual el empleado deberá, actualizar determinada información a través del servicio “SiRADIG – TRABAJADOR”
Tal obligación podrá cumplirla a partir del 03/09/2018 y hasta el vencimiento del plazo previsto para la presentación del F. 572 web correspondiente al período fiscal 2018,
La información a suministrar es la siguiente:
1) Declarar si por cada uno de sus hijos/hijastros, percibe o nó Asignaciones Familiares
2) Declarar si por cada uno de sus hijos/hijastros, la deducción en ganancias es del 0%, 50% o 100%, en base a los siguientes parámetros:
Hijo menor de 18 años, o incapacitado para el trabajo sin límite de edad.:
a-La deducción será computada por quien posea la responsabilidad Parental, en los términos del Código Civil y Comercial.
b-Si la responsabilidad es compartida por ambos padres, y ambos poseen ganancias imponibles, cada uno podrá computar el 50% de la deducción o bien optar uno de ellos por el 100%.
La vigencia rige a partir del año 2018 completo, en consecuencia sus implicancias son retroactivas al 01/01/2018.
Los tendremos al tanto de la publicación de la nueva versión del servicio“SIRADIG-Trabajador”, que contemple la adecuación a lo prescripto en la presente norma.