PERSONAL DE CASAS PARTICULARES. SERVICIO DOMÉSTICO. NUEVAS ESCALAS SALARIALES MÍNIMAS A PARTIR DEL 01/09/2015 Y 01/12/2015 Resolución C.N.T.C.P. N° 1/15.- (B.O. 01/10/15)
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares ha publicado la Resolución 1/2015, homologatoria de la primer paritaria para el personal doméstico.
La misma ha dispuesto incrementar los salarios en un 28%, en dos aumentos progresivos, un 21% retroactivo al 01/09/2015 y un 7% (no acumulativo) a partir del 01/12/2015.
Transcribimos los Anexos que establecen los importes de las nuevas escalas salariales:
ANEXO 1 – Categorías y remuneraciones a partir del 1/9/15
| 1. Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo | Personal con retiro: Hora: $ 49 Mensual: $ 6.214 |
| Personal sin retiro: Hora: $ 54 Mensual: $ 6.922 |
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| 2. Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo | Personal con retiro: Hora: $ 46 Mensual: $ 5.773 |
| Personal sin retiro: Hora: $ 51 Mensual: $ 6.427 |
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| 3. Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo | Hora: $ 44 Mensual: $ 5.632 |
| 4. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores | Personal con retiro: Hora: $ 44 Mensual: $ 5.632 |
| Personal sin retiro: Hora: $ 49 Mensual: $ 6.277 |
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| 5. Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar | Personal con retiro: Hora: $ 40 Mensual: $ 5.065 |
| Personal sin retiro: Hora: $ 44 Mensual: $ 5.632 |
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
ANEXO 2 – Categorías y remuneraciones a partir del 1/12/15
| 1. Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo | Personal con retiro: Hora: $ 52 Mensual: $ 6.573 |
| Personal sin retiro: Hora: $ 57 Mensual: $ 7.322 |
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| 2. Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo | Personal con retiro: Hora: $ 49 Mensual: $ 6.107 |
| Personal sin retiro: Hora: $ 54 Mensual: $ 6.798 |
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| 3. Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo | Hora: $ 46 Mensual: $ 5.958 |
| 4. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores | Personal con retiro: Hora: $ 46 Mensual: $ 5.958 |
| Personal sin retiro: Hora: $ 52 Mensual: $ 6.640 |
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| 5. Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar | Personal con retiro: Hora: $ 43 Mensual: $ 5.358 |
| Personal sin retiro: Hora: $ 46 Mensual: $ 5.958 |
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Quedamos como siempre a disposición.

