18/08/2016
25 agosto, 2016
La Circular 4/2016 -AFIP- aclara que no se encuentra alcanzada en el impuesto a las ganancias, el importe abonado en concepto de Gratificación por cese laboral, en el marco de una desvinculación laboral por muto acuerdo, art. 241 Ley Contrato de Trabajo.
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