DECLARACION JURADA DE APORTES Y CONTRIBUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Y OBRA SOCIAL ON LINE. “DECLARACIÓN EN LÍNEA”. LIBERACIÓN DEL NÚMERO MÁXIMO DE TRABAJADORES PARA SU UTILIZACIÓN. Resolución General (AFIP) 4265/18 (B.O. 22/06/18)
Se ha publicado la resolución de referencia que modifica la normativa anterior, respecto al sistema para generar la DDJJ de aportes y contribuciones de Seguridad Social y Obra Social, por la modalidad on line con Clave Fiscal, denominada “Declaración en línea”.
Recordemos que el sistema informático se encuentra disponible en la página web de la AFIP. Los empleadores tienen acceso a la DDJJ generada sobre la base de los datos del período inmediato anterior a aquel que se declara, más las novedades ingresadas en el sistema “Simplificación Registral”.
De acuerdo a la nueva norma quedarán incluídos obligatoriamente:
1) A partir del devengado julio/18:
- Los empleadores que registren hasta 2000 empleados, (antes 600) en el período mensual que se declara y hasta el incremento de nómina igual a 2050 (antes 650). Pueden incorporarse optativamente los empleadores que así lo resuelvan, siempre y cuando registren entre 2001 y 2050 (antes 601 y 650), en el período mensual que se declara.
2) A partir del devengado agosto/18:
- Todos los empleadores cualquiera sea el número de trabajadores de nómina, el único sistema a utilizar es la modalidad on line.
Por último recordamos la evolución de la cantidad límite de trabajadores de nómina a lo largo del tiempo, desde el inicio del sistema de liquidación on line:
Períodos devengados |
Trabajadores registrados |
Febrero/2007 a julio/2012 | hasta 10 trabajadores |
Agosto/2012 a marzo/2014 | hasta 25 trabajadores |
Abril/2014 a marzo/2015 | hasta 100 trabajadores |
Abril/2015 a abril/2016 | hasta 200 trabajadores |
Mayo/2016 a julio/2017 | hasta 300 trabajadores |
Agosto/2017 a noviembre/2017 | hasta 400 trabajadores |
Diciembre/2017 a junio/2018 | hasta 600 trabajadores |
Julio/2018 | hasta 2.000 trabajadores |
Agosto/2018 y siguientes | Cualquiera sea la cantidad de trabajadores |
Los tendremos al tanto de las novedades al respecto.